sábado, 12 de marzo de 2022

''Id possumus quod iure possumus'' (podemos hacer lo que jurídicamente podemos)


''Id possumus quod iure possumus''

(podemos hacer lo que jurídicamente podemos)


Es uno de los adagios o proverbios que aparecen en el lenguaje latino, tan necesario para entender algunas ideas jurídicas. En verdad este es un adagio compartido tanto por teólogos como juristas, como ya lo decía el filósofo y economista de la Escuela de Salamanca, Tomás de Mercado. 

Este significa que nadie puede hacer aquello que está más allá de las leyes. Un principio básico del derecho. 

El filósofo cita este proverbio a propósito de la pragmática que era una determinada ley del ordenamiento jurídico del Antiguo Régimen Español. Se dictaban para regular algún exceso, abuso o daño que se experimenta en la República.

Esta ley decía que solamente los panaderos podían vender pan, con el propósito de apartar a los especuladores que no conocen la naturaleza del pan y su distribución en la ciudadanía. Tanto la pragmática como Tomás de Mercado consideraban a los panaderos como:

''gente llana y humilde, obedece y se contenta con poco interés''

Sin embargo, Tomás de Mercado fue preguntado si los hombres que estaban fuera de la ciudad podían vender el pan sin ser panaderos, y vendiéndolo a un precio libre. Si bien Tomás de Mercado dice que esto no es posible porque incluso los extranjeros deben obedecer las leyes locales. No obstante, existen ciertos lugares de España donde se podía vendar libremente el pan, pero esta libertad no es absoluta, al contrario, la pragmática (la ley) de esos años decía ''Vender como pudieren'' es decir, vender siempre que estén conforme a la ley. En consecuencia, aunque hubiese libertad para vender, esta no podía exceder los preceptos legales de la España de aquel tiempo.