viernes, 27 de marzo de 2020

La buena fe

Image from page 496 of "The funny side of physic : or, The mysteries of medicine, presenting the humorous and serious sides of medical practice. An exposé of medical humbugs, quacks, and charlatans in all ages and all countries" (1874)

La Buena Fe

En la interacción humana, la buena fe es la intención sincera de hacer algo sin considerar una motivación exterior. Es ampliamente usada ya sea en el ámbito del derecho o en el ámbito cotidiano, pues la frase pareciera entenderse del todo por sí sola. 

Etimología

El concepto de Buena Fe lo traen los romanos. En latín se decía ''bona fides'', siendo su opuesto ''mala fides'' (mala fe). En el caso ablativo del latín podría entenderse como ''En Buena Fe'', que de hecho es la frase más genuina. 

En el Derecho Romano

La Buena fe se asumía entre las dos partes implicadas en alguna responsabilidad, pero tenía consecuencias legales y religiosas por si alguna vez esta se rompiera. 

La Buena Fe también comprendía una acción (bonna fidae) que se encuentra dentro de la intentio incierta. Recordemos que ''intentio'' hacía parte de la formula ordinaria en donde se expresa la intención jurídica. En consecuencia, la bona fide quedaba a la libre apreciación del juez. Sin embargo, la buena fe fue más conocida por el Digesto que por cualquier otra fuente del derecho. 

El concepto de buena fe se expandió incluso hasta los contratos, aunque en ellos tenía otro nombre: stricti iuris. Tal es el caso que  en el desarrollo del derecho, la buena fe se se considera en los casos de responsabilidad contractual por dolo o de la ilicitud de condonar anticipadamente el dolo, entre otros casos. 

El mismo caso tiene el código francés, pues en este también la buena fe queda en disposición del juez. De hecho, los franceses tal como diría Trifonino vincularon en su código la buena fe con la equidad. 

''Bona fides, quae in contractibus exigitur aequitatem summam desirat''
(La Buena Fe que se exige en los contratos requiere suma equidad)

Volviendo al derecho romano, debemos recordar que las leyes no actuaban ipso iure (pleno derecho), sino que se insertaban en la exceptio. Pero la buena fe estaba presumida en los actos de exceptio, por lo que no era necesario invocarla. 

En el Código Civil Chileno

En el Código Civil Chileno tenemos el concepto de buena fe en dos artículos. El artículo 1546 habla de una buena fe objetiva, mientras que el artículo 706 inciso 1 habla de una buena fe subjetiva

Art. 1546: ''Los contratos deben ejecutarse de buena fe, y por consiguiente obliga no solo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que por la ley o la costumbre pertenecen a ella''.

Art 706: ''La buena fe es la conciencia de haberse adquirido el dominio de la cosa por medios legítimos, exentos de fraude y de todo vicio''. 

Otro aspecto a considerar es que cuando se habla de la buena fe subjetiva se habla también de ''estar de buena fe'' y cuando se habla del modo objetivo sería ''actuar de buena fe''; y los dos ejemplos para estas dos formas de buena fe se encuentran en los artículos 1490 y 1491 respecto de terceros. En ese caso, el artículo 1490 representa estar de buena fe y el artículo 1491 representa actuar de buena fe

Es importante decir también que en la buena fe se presume, pero la mala fe debe probarse. Sin embargo, existen algunas excepciones sobre todo en la buena fe subjetiva; un error de derecho constituye una presunción de mala fe (706 inc. final).

Además, podemos apreciar que entre estos dos artículos no se encuentra el concepto de equidad que sí unían los romanos. Sin embargo, si se presentan los conceptos de ''ley'' y ''costumbre'', además del concepto de ''naturaleza de la obligación'' (obligación de dar, hacer y no hacer).

Conclusión

Es evidente que el concepto de Buena Fe cambió a través del tiempo. Es un principio del derecho que implica una naturaleza interesante. Tal como dice el concepto de buena fe objetiva, se obliga no solo a lo que se expresa en un contrato, sino que va más allá del tenor literal de las palabras. En este respecto, la fe se parece mucho también al principio rector del código civil llamado autonomía de la voluntad en el artículo 1545.




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